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AGRICULTURA Y RIEGO EN LA DÉCADA DE LOS VEINTES DEL SIGLO XX


"El río Duero a principios del siglo XX".

La vocación económica de nuestra ciudad, ha sido de manera tradicional la agricultura; a pesar de la nula capacidad de reciprocidad en cuanto a la conservación y sustentabilidad del elemento fundamental: la tierra. En reiteradas ocasiones el tema ha sido tratado por zamoranos a los que se ha tildado de “enemigos del desarrollo citadino”, por decir lo menos; aunque se ha demostrado en la práctica que el municipio está torciendo peligrosamente su devenir. Desde inicios del siglo pasado y después de demostrar la excelente calidad de los productos agrícolas que salieron a los diversos estados de la república y a algunos sitios del sur de los Estados Unidos, a través del ferrocarril, se manifiesta el interés de algunas personas y compañías del vecino país, por saber quiénes eran los grandes productores agrícolas de nuestro municipio, así se manifiesta en la solicitud que se origina en Nueva York, acerca de los principales terratenientes de Zamora: “Dirección General de Agricultura y Fomento. Circular N° 15- Ciudadano Presidente Municipal. Zamora, Mich. A fin de obsequiar una solicitud del Consulado General de México en Nueva York, transcrita a este Gobierno por la Secretaría de Gobernación, sírvase usted enviar a la mayor brevedad posible a esta Secretaría del Despacho, una lista de los principales hacendados y terratenientes del Municipio de su cargo. Sírvase usted acusar el recibo de estilo y aceptar mi atenta consideración. Sufragio Efectivo, No Reelección. Morelia 11 de abril de 1921 El oficial mayor encargado del despacho Luis G. García” (AMZ. Sección Fomento. Expediente 22. Caja 41, Año de 1921) En contestación del Ayuntamiento del día 19 de abril de 1921, se responde de la siguiente manera: Ciudadano Oficial Mayor Encargado de Despacho. Morelia Mich. Los principales hacendados y terratenientes de este municipio, son los Ciudadanos José Cano, María Dávalos, García Hermanos, sucesión de la testamentaria de María Guadalupe Cordero viuda de Sains; Verduzco Padilla hermanos; Francisco Calleja; Benito Magaña; Luis Torres; Rita Guerra; María Mercedes Verduzco; Luis Cornejo; José María Arceo; María Dolores y Rosa del Río; Filomeno Guerra; Manuel Guzmán; Francisco Guzmán; J. Guadalupe Navarrete; Francisco del Río; Santiago Godínez; Ana Macías viuda de Méndez; Juan N. Hernández; J. Jesús Ramírez y Verduzco Garibay Hermanos. Me refiero a la solicitud que contiene la atenta circular de esa Secretaría General Número 15 de 11 del actual, girada por la sección de Fomento y le ruego se sirva dar conocimiento al ciudadano Gobernador del Estado. Reproduzco a usted, mis atenciones. Sufragio efectivo, no reelección. Zamora, 19 de abril de 1921. El Presidente Municipal” (Ídem) A su vez, el gobierno federal, en mandato de lo establecido en el constituyente de 1917, indagaba cómo se había venido utilizando el agua del Río Duero, lo que culminaría, además, con el ahorro de una plaza que venía costeando el Ayuntamiento; la del juez de aguas que desempeñaba don Salvador Plancarte Ygartúa: “Acta de Cabildo 24. Sesión extraordinaria del martes 5 de septiembre de 1922… Con oficio número 5962 de 7 de julio último, de la Secretaría de Agricultura y Fomento, insistiendo en que se le remita la documentación que tenga este Ayuntamiento acerca de los derechos que crea tener sobre las aguas del Río Duero y de las “Acequias Principal” o “El Calvario” y “El Águila” y que en caso de no poseerlos, así lo manifieste para resolver lo que convenga. Contéstesele que hechas las averiguaciones correspondientes, aparece que desde tiempo inmemorial, este Ayuntamiento disfrutaba en propiedad las referidas aguas, para riego de los terrenos que en aquella época pertenecían al municipio y que con ese objeto, se construyeron todos los canales y desagües que se derivan del Río Duero, atravesando todo el Valle de Zamora; pero que en cuanto se promulgó la ley conocida de “manos muertas”, el Ayuntamiento se vio en la necesidad de vender sus propiedades rústicas, conservando los derechos exclusivos sobre las aguas del río y sus canales; y que más tarde, en 1897, que se declaró el Río Duero de jurisdicción federal, perdió el Ayuntamiento los derechos sobre dichas aguas, y desde entonces sólo pertenecen al municipio los canales de derivación denominados “Principal o Calvario”, “El Águila” que hasta hoy ha conservado en todo su dominio y que por último a ese fin se constituyó el nombramiento de una persona llamada “Juez de Aguas” que se encarga de la vigilancia y conservación de los canales y de la repartición de las aguas a los usuarios que tienen de servirse de ellas para su riego… Más adelante, en el acta número 29 de la sesión ordinaria del jueves 19 de octubre de 1922.. Se presenta la petición del señor Salvador Plancarte Ygartúa, solicitando se le prorrogue por 22 días más, la licencia que de quince está disfrutando por causa de enfermedad. Dígasele que por virtud de pertenecer las aguas que sirven para regadío de los terrenos del Valle de Zamora a la Federación, no pertenece ya al Ayuntamiento tomar ninguna injerencia en ellas; y que por lo mismo es de suprimirse y se suprime de esa manera el empleo de Juez de Aguas, comunicándose además este acuerdo a la Tesorería Municipal para su conocimiento y demás efectos; reservándose este Ayuntamiento los derechos de propiedad que tiene sobre los canales que conducen el agua para los regadíos y disponer en lo futuro como mejor convenga y se autoriza al señor presidente para que haga saber verbalmente este acuerdo a las personas que se le acerquen en demanda de algún servicio que se relacione con la mencionada agua…”.


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